La conciliación privada es otro de los medios adecuados de solución de controversias (MASC), previsto en la L.O. 1/2025.
Objeto:
Requerir a una persona con conocimientos técnicos o jurídicos relacionados con la materia en controversia de que se trate.
Finalidad:
Gestionar una actividad negociadora para alcanzar un acuerdo conciliatorio con la persona a la que se pretenda demandar.
Requisitos para ser conciliante:
Estar inscrito como ejerciente en alguno de los siguientes colegios:
· Abogacía.
· Procura.
· Graduados sociales.
· Economistas.
· Notariado.
· Registradores de la propiedad.
· Cualquier otro reconocido legalmente.
También pueden serlo
· Cualquier otra persona inscrita como persona mediadora en los registros correspondientes.
· Pertenecer a instituciones de mediación debidamente homologadas.
· Una sociedad profesional, que deberá cumplir los requisitos establecidos en la Ley 2/2007, de 15 de marzo, de sociedades profesionales, y estar inscrito en el Registro de Sociedades Profesionales del colegio profesional que corresponda a su domicilio, debiendo cumplir la persona que actué como conciliadora los requisitos aquí expuestos.
Obligaciones del conciliante:
1. Imparcialidad.
2. Guardar el deber de confidencialidad.
3. Guardar el deber de secreto profesional.
4. Aceptar de forma expresamente documentada
a. La responsabilidad de la gestión leal, objetiva, neutral e imparcial del encargo recibido.
Responsabilidad del conciliador:
Las procedentes por el ejercicio inadecuado de su función.
Legitimación para encargo profesional al conciliador:
Las dos partes de mutuo acuerdo.
Sólo por una de las partes.
Contenido del encargo, sea una o ambas partes:
1. Expresar sucintamente y con claridad el contenido de la discrepancia objeto de conciliación.
2. Identidad y circunstancias de la otra u otras partes.
3. Y para comunicaciones entre conciliador y las partes, indicar
a. Teléfono.
b. Correo electrónico (éste a efectos de citaciones).
c. En su caso medio del que se dispone para la realización de los encuentros virtuales mediante videoconferencia.